#StopPornovenganza

Desde la reforma del 1 de julio de 2015, compartir cualquier grabación o imagen íntima de otra persona, a pesar de que exista el consentimiento previo, es considerado delito siempre que atente contra la intimidad de la persona.

Antes de esta reforma, si se había accedido a ellas lícitamente, no era considerado delito.

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